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La CEOE publica un informe con propuestas para el fomento de la inversión en infraestructuras públicas en España

Entre ellas, analiza mejorar el marco legal, la práctica de la contratación pública en materia de concesiones y la colaboración público-privada, “cuyo marco regulatorio debería modificarse”

Noticia del sector
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CiC.

La Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) ha publicado un informe sobre la inversión en infraestructuras públicas en España en el que, además de analizar el pasado y presente de las mismas, realiza una serie de propuestas para mejorar el marco legal, la práctica de la contratación pública en materia de concesiones y la colaboración público-privada.

Entre las conclusiones de este informe, la CEOE señala que la inversión pública realizada por España durante los últimos 20 años en infraestructuras públicas ha situado a nuestro país a la altura de los países más desarrollados de nuestro entorno. Sin embargo -añade-, el esfuerzo inversor de España, considerado en términos reales de euros invertidos por km2 y millón de habitantes, “no ha sido superior al de estos países, coincidiendo con el de Alemania, inferior al de Francia y muy inferior al de Reino Unido e Italia”. Ello evidencia, según la CEOE, que las inversiones realizadas en las infraestructuras españolas “no han sido excesivas sino imprescindibles en el proceso de convergencia con estos países” y que esta inversión pública “no está en el origen de la crisis”.

En segundo lugar y teniendo en cuenta que la inversión pública en infraestructuras ha disminuido en los últimos años a valores insuficientes para su mantenimiento, la CEOE propone suplir esta carencia con la inversión privada, para lo que en su opinión “debe modificarse el actual marco regulatorio de la colaboración público-privada”. Con este fin, el informe realizado por la CEOE contiene propuestas que, de ser acogidas, “supondrán un impulso a la realización de proyectos con recurso a la financiación privada, a través de fórmulas contractuales, como la concesión y el contrato de colaboración público-privada, y procedimientos de adjudicación ya previstos en nuestro ordenamiento jurídico”.

Sobre la documentación contractual

Otra de las peticiones de la confederación es que la documentación contractual debe adaptarse a las características y necesidades de cada proyecto y, con el fin de homogeneizar los criterios de las distintas administraciones públicas, “deben aprobarse directrices no vinculantes para la promoción de buenas prácticas contractuales”.

De igual modo, sugieren que los pliegos de contratación deben desarrollar con detalle las normas legales reguladoras del derecho al mantenimiento económico del contrato y abogan por potenciar los controles de calidad de los proyectos, sometiendo su realización a una fase previa de información pública de los operadores interesados.

Asimismo, con el fin de atraer el interés de los inversores extranjeros, el informe de la CEOE concluye que se debe ampliar el plazo de presentación de ofertas y armonizar los requerimientos técnicos exigidos. En este sentido, apuntan que convendría tramitar con mayor rigor y exhaustividad, en los proyectos más importantes y complejos, la fase de preparación de los contratos y “ampliar, en la práctica, los plazos de presentación de ofertas”. Además, añaden que sería necesario para la atracción de este tipo de inversiones que “los requerimientos técnicos se soliciten de forma armonizada, garantizando que la documentación aportada por inversores extranjeros cumple los estándares nacionales o internacionales”.

Garantizar la seguridad jurídica de los inversores privados

Por otro lado, desde la CEOE también advierten que, con el fin de eliminar los actuales obstáculos que los fondos de inversión encuentran para acreditar su solvencia económica y financiera, debe adaptarse la actual regulación a la naturaleza de estos eventuales inversores. “Además de garantizar la seguridad jurídica de los inversores privados se tiene que regular el reparto de los riesgos de forma más eficiente y equitativa, de forma que cada parte asuma los propios que se deriven de su gestión”, subrayan.

Por último, abogan por generalizar la práctica del arbitraje, como forma rápida y eficaz de resolución de disputas, y sostienen que, “dado el alto grado de apalancamiento financiero que, habitualmente, precisan los contratos de concesión y de colaboración público-privada, las normas tributarias que limitan la deducibilidad fiscal de los gastos financieros debieran considerar la especial naturaleza de este tipo de contratos”.

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