El Gobierno permite que el suelo de los bancos se valore como el suelo rústico
El MInisterio de Fomento no ha prorrogado la disposición transitoria de la Ley del Suelo de 2008, por la cual seguía vigente el régimen de valoraciones de la Ley de Suelo de 1998
Expansión
El Gobierno no ha prorrogado la disposición transitoria de la Ley del Suelo de 1998 para evitar que los suelos urbanizables que lleven más de tres años sin construirse se consideren rústicos. La disposición 3º de esta ley posibilita la vigencia del régimen de valoraciones de la ley de suelo de 1998, con lo ahora que deja la puerta abierta a que los suelos de propiedad bancaria, a efectos expropiatorios, se valoren a precio rústico, es decir, su nuevo valor sería apenas un 10% de su valor inicial, según los expertos.
Para evitar esta situación, el Gobierno central ha prorrogado en tres ocasiones esta disposición 3ª de la Ley del Suelo, en 2008, 2010 y 2011, ya que esta ley suprimía la categoría de suelo urbanizable con expectativas y solo se contemplaba la valoración de estos terrenos como rústicos.