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El Gobierno modifica el Código Técnico de la Edificación para garantizar la accesibilidad de los edificios a personas con discapacidad

El objetivo es establecer un referente mínimo común que garantice la igualdad y la no discriminación de los ciudadanos
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El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes un Real Decreto por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación (CTE) para garantizar unas condiciones básicas de accesibilidad y de uso de edificios, que eviten la discriminación de ciudadanos con algún tipo de discapacidad, a la hora de acceder y de utilizar instalaciones, edificios o locales, tanto públicos, como privados. Según el Gobierno, el objetivo es establecer un referente mínimo común de ámbito estatal que garantice la igualdad y la no discriminación de las personas que residen en las diferentes comunidades autónomas.

La modificación se rige por el principio de “accesibilidad para todos”, por lo que el beneficio abarca desde los usuarios en silla de ruedas hasta las personas mayores, pasando por invidentes o personas con discapacidad auditiva, cognitiva o movilidad reducida.

Con esta modificación, el Código Técnico de la Edificación, que establece unas exigencias necesarias sobre la eficiencia energética y la protección frente al ruido en los edificios, “se amplía y se enriquece”, al incorporar una demanda de los colectivos de personas discapacitadas.

Medidas concretas

Por un lado, se amplían las medidas sobre seguridad de utilización que ya regulaba el Código Técnico de la Edificación para tener en cuenta su uso por parte de personas discapacitadas, como las escaleras, los desniveles, las rampas, la iluminación mínima o la reducción del riesgo de atrapamiento.

En caso de incendio, por ejemplo, se incorporan nuevas exigencias para que las personas con discapacidad puedan abandonar el edificio o alcanzar zonas seguras, como la creación de zonas de refugio, ascensores y salidas de emergencia accesibles.

Además, elimina la llamada accesibilidad ‘de segundo nivel’ que creaban itinerarios denominados 'practicables' y se crea un “único y obligatorio” ‘itinerario accesible’, que tiene que cumplir las condiciones necesarias para la movilidad de las personas.

Siguiendo el principio de ‘accesibilidad para todos’, el documento prevé incorporar una serie de medidas específicas como la creación de condiciones de las viviendas específicas para personas con discapacidad auditiva, plazas reservadas en locales o en espectáculos, o sistemas de bucle de inducción magnética en taquillas o mostradores de información.

En este mismo sentido, la modificación contempla la creación de puntos de llamada y atención accesible en edificios públicos, contrastes visuales para que las personas con alguna discapacidad visual los puedan percibir y pavimentos táctiles en la señalización de elementos potencialmente peligrosos en itinerarios de las vías públicas o en los puntos de atención accesible en edificios públicos, así como, la señalización de alerta en la salidas de vehículos de aparcamientos públicos.

El texto ha sido consensuado con todos los colectivos implicados y con las comunidades autónomas a través del grupo de trabajo formado por representantes del Ministerio de Vivienda, del Comité Español de Representantes de Minusválidos (Cermi), del Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja, del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (Csic) y de los colectivos de arquitectos, aparejadores y promotores.

Fuente informativa: Consejo de Ministros, Europa Press y elaboración propia.

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