La deducción del 20% por obras de rehabilitación de viviendas entró en vigor el pasado sábado 7 de mayo
Las obras podrán llevarse a cabo tanto en primeras como en segundas residencias (incluidas las que se pongan en alquiler), con la única excepción de que no estén relacionadas con las actividades económicas del contribuyente.
Dichas obras deberán estar destinadas a mejorar la eficiencia energética y el uso del agua, la accesibilidad a la vivienda y la instalación de infraestructuras de acceso a internet o a la TDT (televisión digital terrestre).
Inicialmente, la deducción por obras de mejora en la vivienda habitual se establecía en el 10% de las cantidades invertidas (que ahora se amplía al 20%) en obras y reparaciones domésticas de la vivienda habitual (ahora también segundas residencias y casas que se pongan en alquiler), con un límite máximo anual de 4.000 euros por contribuyente.
Deducciones en el IRPF
La deducción completa podía aplicarse hasta ahora a los contribuyentes con una base imponible de menos de 33.007 euros, un umbral que ahora se amplía a los 53.007,20 euros. Dichas deducciones se rebajarán de forma progresiva, en función de las bases imponibles de los contribuyentes, hasta llegar a los 71.007,20 euros, el nuevo tope para beneficiarse de este estímulo.
La reforma también eleva el límite máximo de base de deducción anual, que pasa de 4.000 euros a 6.750 euros, lo que significa que la deducción anual máxima de la que se puede beneficiar un contribuyente será de 1.350 euros. También se incrementa el límite plurianual máximo deducible del volumen de la obra, de 12.000 a 20.000 euros.
Además, para poder disfrutar de la deducción en el IRPF será necesario presentar una factura detallada con todos los requisitos legales y utilizar como medios de pago tarjetas o transferencias bancarias, cheques o ingresos en cuenta, ya que no se admitirán los pagos en metálico.
Fuente informativa: 20 Minutos.