El Diario Expansión desvela el borrador de la nueva Ley del Suelo
En la actual ley, las valoraciones del suelo para las expropiaciones se realizan sobre las expectativas de urbanización (se anticipan las plusvalías a la decisión pública de planeamiento, aunque no haya habido obra). Sin embargo, en la nueva norma la valoración del suelo se hará sobre “la situación real del mismo”, no sobre sus expectativas (se tendrá en cuenta el valor residual, es decir se valorarán las plusvalías que ya se estén haciendo efectivas). En los suelos ya delimitados se tendrá en cuenta el sistema antiguo.
Con respecto a la clasificación del suelo, en la norma vigente el suelo es urbanizable, no urbanizable y urbano; y, según las legislaciones autonómicas, dependiendo de la situación del planeamiento hay, a su vez, suelo urbanizable no sectorizado, urbanizable sectorizado, suelo urbano no consolidado y urbano consolidado. En adelante, el suelo estará clasificado en dos situaciones básicas: urbano y rústico (situaciones que responden a la realidad y no chocan con las clasificaciones técnicas de las autonomías).
En cuanto a la subasta del suelo, hasta ahora la Administración central no debía subastar el suelo; la nueva legislación extiende esta prohibición a los entes locales.
Fuente informativa: Expansión.