El Gobierno extenderá a los municipios la prohibición de subastar suelo público
Hasta ahora, el mandato se circunscribía a las instituciones dependientes de la Administración General del Estado como, por ejemplo, los Ministerios de Defensa, de Interior o la Seguridad Social.
La subasta, un sistema basado en la venta al mejor postor, ya fue delimitada por el Gobierno del PP en la pasada legislatura. En noviembre de 2003 entró en vigor una reforma de la ley de Patrimonio que instaba a utilizar el concurso como “procedimiento ordinario para la enajenación de inmuebles”. El compromiso consistía en realizar la venta de suelo público a un precio fijo para contribuir al desarrollo de la “política de vivienda” del Estado.
El PP introdujo este cambio tras del acuerdo suscrito entre el Ministerio de Fomento y las Comunidades Autónomas en enero de ese mismo año. El pacto, promovido por el ex ministro Francisco Álvarez Cascos, fue rechazado por las regiones socialistas porque lo consideraron “insuficiente” para conseguir abaratar el precio de la vivienda.
Actualmente, el Ministerio de Vivienda mantiene la misma opinión, ya que considera necesario profundizar en la reforma. “Es necesario seguir trabajando en ello”, subraya el documento. Los responsables del departamento que dirige María Antonia Trujillo consideran que “la legislación estatal sobre régimen local sigue estableciendo con carácter supletorio la aplicación de la subasta como forma normal de enajenación”. En su opinión, se trata de preceptos que “convendría desplazar, generalizando el concurso cuando los suelos tengan por destino la vivienda u otros usos de interés social”.
Los ayuntamientos siguen recurriendo a las subastas de suelo público, ya que se trata del sistema más oneroso en un momento como el actual, en el que las arcas locales están pasando por fuertes estrecheces presupuestarias.
Precios de adjudicación
En las últimas ventas recogidas por las asociaciones empresariales se han registrado precios de adjudicación que suponen incrementos del 100% sobre el valor inicial de licitación. Algunas subastas se siguen realizando a pesar de los cambios de la legislación autonómica. El caso más reciente es el de la Comunidad de Madrid, que en la reforma de la ley del suelo de 2001 prohibió este sistema de venta, aunque se sigue aplicando.
Los ayuntamientos justifican el método ante su grave situación financiera. El Gobierno socialista se ha comprometido a resolver esta práctica aprovechando la reforma del gobierno local, aunque la negociación se encuentra en una fase incipiente.
Sobre el régimen de valoraciones, el Ministerio de Vivienda propone revisar el sistema de expropiaciones forzosas. El punto más delicado es la recomendación de que la indemnización que se determine “debe ser entendida como la cantidad que permita la adquisición de un bien similar, análogo al expropiado, no produciendo, por tanto, ni un enriquecimiento indebido ni una merma patrimonial”. Para ello, Vivienda considera que “los criterios de valoración han de atender a la situación real del inmueble, sin incluir elementos especulativos ni expectativas no aseguradas”.
Fuente: Expansión.