900 11 21 21

L-J 9:00 - 19:00
V 9:00 - 15:00

Publicado en el BOE el Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre, por el que se regulan las agencias de colocación

Se pretende mejorar el funcionamiento del mercado de trabajo con una mejor coordinación entre agentes públicos y privados
Noticia del sector
El pasado día 31 de diciembre de 2010 se publicó en el BOE el Real Decreto 1796/2010, de 30 de diciembre, por el que se regulan las agencias de colocación. El objeto de este Real Decreto, que desarrolla a su vez lo dispuesto por la Ley 35/2010, es regular el régimen de autorización y la actividad de las agencias de colocación que realicen actividades de intermediación laboral.

Mediante esta regulación se pretende mejorar el funcionamiento del mercado de trabajo a través de una mejor coordinación entre agentes públicos y privados de intermediación, fomentando, así, mayores oportunidades de acceso a un puesto de trabajo de las personas desempleadas. Para lograrlo, se pretende dotar a los agentes que intervienen en los procesos de intermediación de mejores medios para desarrollar su labor.

El Real Decreto justifica la regulación legislativa de esta actividad al considerar que la intermediación en el mercado de trabajo es un servicio de carácter público, aunque pueda realizarse con medios privados.

Asimismo, el Real Decreto procede a dar una definición de las agencias de colocación como aquellas entidades públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que, en coordinación y. en su caso, colaboración con el servicio público de empleo correspondiente, realicen actividades de intermediación laboral que tengan como finalidad proporcionar a las personas trabajadoras un empleo adecuado a sus características y facilitar a los empleadores las personas trabajadoras más apropiadas a sus requerimientos y necesidades.

Obligaciones de las agencias

Las agencias de colocación deben cumplir una serie de obligaciones en el desarrollo de su función, entre las que destacan que sus servicios deben ser gratuitos para los trabajadores, no pueden subcontratarse y deben garantizarse los principios de igualdad, no discriminación, respeto a la intimidad y dignidad de los trabajadores en el acceso a un empleo.

Las personas físicas o jurídicas que deseen actuar como agencia de colocación deberán obtener autorización del Servicio Público de Empleo, bien del estatal o bien del autonómico, en función de que desee realizar esta actividad desde centros de trabajo establecidos en distintas Comunidades Autónomas, en el primer caso, o desde centros establecidos sólamente en el territorio de una Comunidad Autónoma, en el segundo.

Toda la información generada por las distintas agencias de colocación se integrará telemáticamente en los sistemas de información de los Servicios Públicos de Empleo, de modo que en todo momento se pueda tener acceso a la información generada por las agencias de colocación existentes.

• Puedes consultar el Real Decreto completo en: http://www.boe.es/boe/dias/2010/12/31/pdfs/BOE-A-2010-20151.pdf.

Fuente informativa: elaboración propia.

Suscríbete gratis a nuestros boletines de noticias.

=

CLÁUSULA DE PROTECCIÓN DE DATOS:

  • Responsable del tratamiento: FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN.
  • Finalidad del tratamiento: mantener al usuario informado sobre la actualidad de la FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN y del sector de la construcción.
  • Legitimación: consentimiento del interesado.
  • Destinatarios: Sus datos no van a ser cedidos a terceros, salvo que exista una obligación legal. Sólo podrán ser tratados por colaboradores de la FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN para la gestión de sus sitios web.
  • Derechos de los usuarios: ejercicio gratuito de derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad de los datos tal y como se describe en la información adicional. Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos en el siguiente enlace.

He leído y acepto la política de protección de datos.

Para no volver a recibir el boletín puedes darte de baja AQUÍ