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Aprobada por el Consejo de Ministros y publicada en el BOE la cualificación profesional de Auditoría energética

La elaboración de este nuevo marco competencial es resultado de la colaboración entre la Fundación Laboral y el Incual, en el marco del proyecto Construye 2020+, junto con el resto de socios de esta iniciativa del programa Horizonte 2020.

Noticia Fundación
Fuente - Fundación Laboral de la Construcción

El pasado 24 de enero se publicó, en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Real Decreto 45/2022, de 18 de enero, por el que se establece, entre otras, la cualificación profesional de Auditoría energética (páginas 281-310), cuya elaboración es uno de los resultados del proyecto Construye 2020+ -liderado por la Fundación Laboral de la Construcción-, en el que, coordinados por el Instituto Nacional de las Cualificaciones (Incual), han colaborado todos los socios de esta iniciativa Horizonte 2020: Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja (IETCC-CSIC)Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (Fundae), Centro de Investigación de Recursos y Consumos Energéticos (Circe) e Instituto de Robótica y Tecnologías de la Información y la Comunicación (IRTIC), adscrito a la Universidad de Valencia.

El RD establece determinadas cualificaciones profesionales conectadas con sectores estratégicos y de alta empleabilidad, de las familias profesionales Edificación y Obra Civil, Electricidad y Electrónica, Energía y Agua y Hostelería y Turismo, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (CNCP), y se modifican parcialmente determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria y Energía y Agua, recogidas en el CNCP.

Las cualificaciones profesionales permiten dar respuesta a ocupaciones y puestos de trabajo relevantes, con valor y reconocimiento en el mercado laboral.

De la norma al marco competencial

El origen para esta cualificación de Auditoría energética nace en 2016, año en el que se aprobó en España el Real Decreto 56/2016, de 12 de febrero, por el que se transpone la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relacionado con la eficiencia energética, en lo referente a auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos y promoción de la eficiencia del suministro de energía. Esta norma creó la necesidad en el ámbito formativo de elaborar una nueva cualificación profesional de Auditoría energética.

Entre los socios del partenariado del proyecto Construye 2020+, participa Incual, que es el organismo técnico de apoyo al Consejo General de la Formación Profesional (CGFP) responsable de definir, elaborar y mantener actualizado el CNCP. De ahí que, para el desarrollo de esta cualificación, Incual haya sido el socio motor del partenariado, y se hayan utilizado sus procedimientos.

La elaboración de la cualificación de Auditoría energética, que pertenece a la familia Energía y Agua, ha seguido un proceso que comenzó en mayo de 2019, con la realización en el Incual del informe de viabilidad. En septiembre de 2020 se conformó un grupo de trabajo de expertos en instalaciones y en eficiencia energética, guiados por un ‘coordinador’ y supervisados por el personal de Incual. Tras la redacción de texto y su contraste interno, el CGFP decidió solicitar, el 29 de abril de 2020, el contraste externo de la cualificación de Auditoría energética. Durante otoño de 2020, se aprobó su incorporación al CNCP, punto en el que comenzó la fase de tramitación normativa, dando como resultado final la aprobación del RD 45/2022, de 18 de enero y su publicación en el BOE el 24 de enero.

Referencia para futuros títulos de FP y certificados de profesionalidad

Las cualificaciones son el referente para la elaboración de los títulos de Formación Profesional (FP) y de los certificados de profesionalidad que las acreditan, y deben incluir todos aquellos elementos de profesionalidad que permitan a las personas acreditadas ejercer dicha profesión, por cualquiera de las dos vías. Una vez publicadas en el BOE tienen validez y son de aplicación en todo el territorio nacional, pero no constituyen una regulación del ejercicio profesional o actividad profesional, ya que esto corresponde a las diferentes administraciones competentes según el sector o ámbito de desarrollo.

El proyecto Construye 2020+ contempló el diseño y desarrollo de la cualificación profesional de Auditoría energética, marco profesional de ámbito nacional y base para diseñar una titulación de FP o un certificado de profesionalidad. El hito alcanzado supone un avance importante para el sector de la construcción, puesto que precisamente da cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto 56/2016, en su artículo 8, que marca los requisitos para el ejercicio de la actividad profesional de auditor energético, en su apartado b):

  • b) Tener los conocimientos teóricos y prácticos sobre las auditorías energéticas, entendiendo que poseen dichos conocimientos las personas que acrediten alguna de las siguientes situaciones:
    • 1.ª Disponer de un título de formación profesional o un certificado de profesionalidad incluido en el CNCP cuyo ámbito competencial incluya materias relativas a las auditorías energética.
    • 2.ª Tener reconocida una competencia profesional adquirida por experiencia laboral, de acuerdo con lo estipulado en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, en materia de auditorías energéticas, en los términos previstos en el artículo 19 del citado Real Decreto.

 

Unidades de competencia y módulos formativos

La competencia general de la cualificación profesional de Auditoría energética es: “Auditar mediante un procedimiento sistemático de inspección y análisis el uso y consumo de energía y coste asociado en un edificio o grupo de edificios, de una instalación u operación industrial o comercial, transporte vinculado a la actividad, o de un servicio privado o público, con el objetivo de identificar e informar acerca de los flujos de energía y del potencial de mejora de la eficiencia energética”.

Plantea cuatro unidades de competencia:

  • UC2469_3: Coordinar los procesos de una auditoría energética en un edificio o grupo de edificios, instalaciones u operaciones industriales o comerciales, transporte y servicios privados o públicos.
  • UC2470_3: Realizar la toma de datos y mediciones de consumos energéticos en un edificio o grupo de edificios, instalaciones u operaciones industriales o comerciales, transporte y servicios privados o públicos.
  • UC2471_3: Realizar el análisis de la situación energética del objeto auditado.
  • UC2472_3: Determinar las propuestas de actuación de mejora de la eficiencia energética, su viabilidad e impacto en la reducción de consumos y emisiones de la organización.

 

Y los módulos formativos que se plasman son los siguientes:

  • MF2469_3: Coordinación de los procesos de una auditoría energética en un edificio o grupo de edificios, instalaciones u operaciones industriales o comerciales, transporte y servicios privados o públicos (90 horas).
  • MF2470_3: Realización de toma de datos y mediciones de consumos energéticos en un edificio o grupo de edificios, instalaciones u operaciones industriales o comerciales, transporte y servicios privados o públicos (120 horas).
  • MF2471_3: Realización del análisis de la situación energética del objeto auditado (90 horas).
  • MF2472_3: Determinación de las propuestas de actuación de mejora de la eficiencia energética, su viabilidad e impacto en la reducción de consumos y emisiones de la organización (120 horas).


Las ocupaciones y puestos de trabajo a los que se podrá acceder con esta cualificación profesional son: gestores de auditorías energéticas, auditores energéticos, técnicos en auditorías energéticas en instalaciones mecánicas, climatización y calefacción, técnicos en auditorías energéticas en instalaciones de electricidad y alumbrado, técnicos en auditorías energéticas en edificios o técnicos en auditorías energéticas en instalaciones térmicas.

Turno de las administraciones competentes

Tras la publicación en el BOE, la cualificación profesional se convierte en referencia (según se describe en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio), para que se elaboren los certificados de profesionalidad y los títulos de Formación Profesional (FP), así como para la acreditación de competencias por la experiencia laboral. A partir de ahora, habrá que esperar a que las administraciones competentes desarrollen los procedimientos y publiquen los requisitos y títulos, cursos o certificados.

Cuando se publiquen los Títulos de Formación Profesional, Cursos de Especialización o Certificados Profesionales, y se implanten en el sistema educativo, en los términos establecidos en el artículo 3 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el CNCP, los centros de formación podrán incluir en su oferta la cualificación de Auditoría energética. Por ahora, se podrán empezar los procedimientos de acreditación de competencias.

Según indican los artículos 4 y 8 del Real Decreto 56/2016, los requisitos establecidos para esta nueva profesión, regula cómo se deberá llevar a cabo:

  • Las auditorías energéticas deberán ser realizadas por auditores energéticos debidamente cualificados, tal y como se establece en el capítulo III de este real decreto.
  • La auditoría energética de una empresa podrá ser realizada por técnicos cualificados que pertenezcan a dicha empresa, siempre que no tengan relación directa con las actividades auditadas y pertenezcan a un departamento de control interno de dicha empresa.

 

En el momento que la persona cuente con los requisitos establecidos, podrá ejercer esta nueva profesión.

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