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Publicado en el BOE un Real Decreto-ley que promueve medidas para favorecer las actuaciones de rehabilitación de edificios

Se establece como obligatoria una Inspección Técnica (ITE) de los edificios residenciales de más de 50 años
Noticia del sector
El Boletín Oficial de Estado publicó el pasado jueves el Real Decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros el viernes 1 de julio, para fomentar la protección social de los ciudadanos, la sostenibilidad de las finanzas públicas y la actividad empresarial. Dicha norma incorpora, en materia de edificación y vivienda, una serie de medidas para impulsar la rehabilitación y reforzar la seguridad jurídica en el sector inmobiliario, además de las ya anunciadas de apoyo a los deudores hipotecarios.

La nueva normativa promueve medidas para favorecer la viabilidad y eficacia de las actuaciones de rehabilitación de edificios y de regeneración urbana, suprimir las trabas que las dificultan, promover la accesibilidad universal e impulsar la denominada rehabilitación en el medio urbano, que engloba actuaciones de conservación, mejora y regeneración urbana.

De esta manera, se establece como obligatoria una Inspección Técnica (ITE) de los edificios de uso residencial de más de 50 años, situados en los municipios de más de 25.000 habitantes, salvo que las Comunidades Autónomas fijen una antigüedad o estándares poblacionales distintos, así como en aquellos en los que las Administraciones incluyan en las áreas o entornos que delimiten.

También se impulsa la rehabilitación edificatoria a través de la mejora de la calidad y sostenibilidad de los edificios con bajas condiciones de habitabilidad, que podrán establecerse como necesarias en zonas concretas que así lo requieran, mediante planes y programas de rehabilitación municipales y autonómicos.

Asimismo, se establece la posibilidad de acometer actuaciones de regeneración urbana en áreas o ámbitos urbanos vulnerables, obsoletos o degradados, con la finalidad de lograr el cumplimiento de los principios de cohesión territorial y social.

Se facilitan las actividades de rehabilitación ofreciendo nuevos instrumentos de gestión y ampliando las facultades reconocidas a las comunidades de vecinos, agrupaciones de propietarios y cooperativas, para, por ejemplo, poder ser beneficiarias directas de ayudas o para poder actuar en el mercado inmobiliario con plena capacidad jurídica en toda clase de operaciones, incluidas las crediticias.

Fuente informativa: Ministerio de Fomento.

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