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¿De qué ayudas para la rehabilitación de viviendas te puedes beneficiar con el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021?

El Gobierno acaba de extender el plazo de concesión de las ayudas del Plan hasta el 31 de diciembre de 2022, con el objetivo de mejorar la eficiencia de los fondos transferidos a las Comunidades Autónomas

Reportaje

El Ministerio de Fomento lanzó en el año 2018 el nuevo Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. Un proyecto que, al igual que ya hiciera el Plan lanzado para el periodo 2013-2016, recoge ayudas al alquiler, a personas en situación de desahucio de su vivienda habitual, a la promoción de viviendas en alquiler, y a la rehabilitación y regeneración urbana y rural.

Debido a la crisis provocada por la pandemia del Covid-19, el pasado 22 de julio el Gobierno extendió el plazo de concesión de las ayudas del Plan de Vivienda 2018-2021 hasta el 31 de diciembre de 2022, con carácter general, para "facilitar su gestión y conseguir una mayor eficiencia de los recursos" asignados.

El Plan de Vivienda 2018-2021, como novedad, contempla ayudas para potenciar la adquisición de viviendas por parte de los jóvenes de menos de 35 años en municipios de menos de 5.000 habitantes.

Este nuevo paquete de ayudas prevé una inversión total de 1.443 millones de euros a repartir en los próximos cuatro años, un 62,46% más que en el Plan Estatal 2013-2016. En concreto se espera que se presupuesten 350 millones en 2018, 357 millones en 2019, 364 en 2020 y 372 en 2021.

La gestión de las ayudas del Plan corresponderá, como en anteriores ocasiones, a las Comunidades Autónomas y a las Ciudades de Ceuta y Melilla, por lo que serán sus órganos competentes los encargados de la tramitación y resolución de los procedimientos de concesión y pago de las ayudas del Plan, así como la gestión del abono de las subvenciones aprobadas.

Aunque el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 contempla nueve programas para la consecución de sus objetivos, son cuatro los que contemplan ayudas a la rehabilitación y construcción de viviendas:

 

 

Este programa tiene como objetivo regular las ayudas para obras de mejora de la eficiencia energética y de la sostenibilidad en viviendas unifamiliares y edificios de tipología de residencia colectiva, y se podrán beneficiar de ellas Administraciones y empresas públicas, sociedades cooperativas, comunidades de propietarios, empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios, propietarios y empresas de servicios energéticos.

Entre los requisitos, se demanda que la vivienda a rehabilitar haya sido finalizada antes de 1996. Además, en el caso de las viviendas en edificios, al menos el 50% de las mismas deberán constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios. Asimismo, el 70% de la superficie construida sobre rasante, excluidas las plantas inferiores con otros usos compatibles, deberá tener uso residencial de vivienda.

Se subvencionarán actuaciones dirigidas a la mejora de la eficiencia energética y la sostenibilidad de los inmuebles, como pueden ser la mejora de la envolvente térmica, la instalación de nuevos sistemas de calefacción, refrigeración o generación (a través de energías renovables). Así, se pedirá una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración. En las zonas climáticas D y E, la reducción deberá alcanzar el 35%; en la zona climática C, un 25%; y en las zonas climáticas alfa, A y B, un 20%.

La cuantía máxima de la subvención no superará el 40% de la inversión subvencionable. Para las viviendas unifamiliares, el valor máximo será de 12.000 euros, ampliables a 18.000 o 24.000 euros, en el caso de que en el domicilio resida una persona con discapacidad. En el caso de viviendas en edificios, la ayuda máxima será de hasta 8.000 euros por vivienda, ampliables a entre 12.000 y 16.000 euros por vivienda si reside una persona con discapacidad. Existirán incrementos en la cuantía de 1.000€ en el caso de edificios declarados como Bien de Interés Cultural (BIC) y de hasta un 25% para menores de 35 años, en municipios con menos de 5.000 habitantes. El porcentaje máximo de la ayuda podría alcanzar el 75% de la inversión cuando los ingresos por unidad de convivencia sean menores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

 

 

A través de este programa se financiará la ejecución de obras para la conservación, mejora de la seguridad de utilización y la accesibilidad universal en viviendas unifamiliares urbanas o rurales y en viviendas en edificios residenciales. Se podrán beneficiar de esta ayuda Administraciones y empresas públicas, sociedades cooperativas, propietarios y comunidades, empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios.

Al igual que en el programa anterior, la vivienda a rehabilitar deberá haber sido finalizada antes de 1996. Asimismo, al menos el 50% de las viviendas en edificios deberán constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios, y el 70% de la superficie construida sobre rasante en los edificios de viviendas, excluidas las plantas inferiores con otros usos compatibles, deberá tener uso residencial de vivienda.

Se considerarán "subvencionables" las actuaciones en torno a la conservación de estructura, cimentación, cubiertas, fachadas o procesos de desamiantado. También se considerarán subvencionables las labores de adecuación interior de la vivienda a unas condiciones mínimas de habitabilidad, seguridad e higiene. Por último, también se subvencionarán labores para la mejora de la seguridad de utilización y de accesibilidad, tales como la instalación de ascensores, rampas o la instalación de elementos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior.

La cuantía máxima de la subvención no podrá superar el 40% del coste de la actuación, así como un límite que oscilará entre los 3.000 y los 8.000 euros por vivienda en función de las labores a desarrollar. Al igual que en el programa anterior, existirán incrementos en la cuantía de 1.000€ en caso de edificios declarados como BIC y de hasta un 25% para menores de 35 años en municipios con menos de 5.000 habitantes. El porcentaje máximo de la ayuda podría alcanzar el 75% de la inversión cuando los ingresos por unidad de convivencia sean menores a tres veces el IPREM.

 

 

El agente ejecutor de las actuaciones será el beneficiario de estas ayudas, que buscan financiar la realización conjunta de obras de rehabilitación de edificios y de viviendas individuales, así como aquellos trabajos para la construcción de edificios y viviendas que sustituyan a otros previamente demolidos. Para ello, los trabajos tendrán que enmarcarse dentro de áreas de regeneración y renovación urbana o rural, previamente delimitados territorialmente por la Administración correspondiente.

A través de este programa se subvencionarán, además de las actuaciones recogidas en los dos programas anteriores, trabajos de adecuación a los estándares previstos por la normativa vigente, obras de mejora de accesibilidad y sostenibilidad. También se incluirá la demolición y construcción de nuevos edificios con la condición de que estos cuenten con una calificación energética mínima B y cumplan con las exigencias del Código Técnico de Edificación.

La cuantía máxima de la ayuda no superará el 40% del coste de los trabajos de manera individualizada y un límite de 12.000 euros por vivienda que se rehabilite. En el caso de los edificios se añadirán 120 euros por metro cuadrado de superficie de local comercial u otros usos. Como en los casos anteriores, existirán incrementos en la cuantía de 1.000€ en caso de edificios declarados como BIC y de hasta un 25% para menores de 35 años en municipios con menos de 5.000 habitantes. El porcentaje máximo de la ayuda podría alcanzar el 75% de la inversión cuando los ingresos por unidad de convivencia sean menores a tres veces el IPREM.

Asimismo, se contemplan ayudas concretas para financiar costes de gestión, realojos o construcción de edificios previamente demolidos o construidos en sustitución de infravivienda o chabolismo. Para las actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad del medio urbano se podrán destinar hasta 2.000 euros por cada vivienda objeto de rehabilitación y/o por cada vivienda construida.

 

¿Cómo solicitar estas ayudas?

 

La gestión de todas estas subvenciones es competencia de las Comunidades Autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, por lo que los interesados en solicitarlas deben dirigirse a las consejerías o departamentos de vivienda correspondientes.

Consulta los plazos por Comunidades Autónomas para solicitar las ayudas correspondientes al programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas y al programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas:

 

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