El Gobierno exigirá a las empresas constructoras recolocar al personal al acabar la obra
El Ministerio de Trabajo está dispuesto a flexibilizar la contratación en el sector, tras las quejas de los sindicatos
El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha propuesto modificar la disposición adicional tercera de la Ley 32/2006, que regula las subcontrataciones en el sector de la construcción, estableciendo el contrato fijo de obra. Tras las quejas de los sindicatos y agentes del sector ante una primer borrador, en el que se instaba a derogar dicho modelo contractual, el Ejecutivo está dispuesto a aceptar una mayor flexibilidad.
Según el nuevo texto, las constructoras estarán en la obligación de recolocar en una nueva obra a los empleados cuando finalicen en la que están prestando servicio, si bien la propuesta abre la puerta a que las empresas puedan despedirlos si consideran que no están cualificados para el siguiente proyecto. Para adquirir dicha cualificación, los contratados podrán recibir una formación previa, que estará siempre a cargo de la empresa.
La propuesta de recolocación deberá estar formalizada por escrito mediante una cláusula que se anexará al contrato de trabajo.
Situaciones de despido
El punto 1 de la nueva redacción propuesta para la disposición adicional tercera de la Ley 32/2006 determina que los "contratos de trabajo indefinidos celebrados para la prestación de servicios en el sector de la construcción, podrán extinguirse por motivos inherentes a la persona trabajadora", pudiendo aducirse dos causas: que el trabajador rechace por escrito la propuesta de recolocación; o que "incluso tras un proceso de formación o recualificación proporcionalmente exigible", no resulte adecuado a los nuevos proyectos, o no permita su integración en estos, por existir "un exceso de profesionales con la cualificación necesaria para desarrollar sus mismas funciones"; en este caso, la empresa podrá despedirle.