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Patronal y sindicatos aprueban un incremento salarial del 3,5% para los trabajadores de la construcción en el año 2009 

La Comisión Negociadora del Convenio General también acordó criterios para convalidar la formación en prevención
Noticia del sector
La patronal Confederación Nacional de la Construcción –CNC- y los sindicatos Fecoma-CCOO y MCA-UGT han adoptado, a través de la Comisión Negociadora del IV Convenio General del Sector de la Construcción, diversos acuerdos en relación con el desarrollo del citado convenio. Se trata de aspectos que afectan a la revisión salarial, la cuota empresarial a la Fundación Laboral de la Construcción y la formación en materia de prevención de riesgos laborales.

Por lo que respecta a la revisión salarial, el IPC real del año 2008, inferior en seis décimas al previsto, ha determinado que no opere la cláusula de garantía, por lo que no se produce revisión de las tablas de dicho año. Para el año 2009, de acuerdo con lo previsto en su día en el Convenio General, se ha acordado un incremento del IPC previsto por el Gobierno (2%) más un diferencial del 1,5%, es decir, un incremento en tablas del 3,5%.

En lo que se refiere a la cuota empresarial a la Fundación Laboral de la Construcción, se ha acordado mantener para 2009 el tipo del 0,175%, el mismo que estuvo vigente en 2008. También se ha aprobado que las empresas de 10 ó más trabajadores realicen su cotización de manera mensual.

El acuerdo contiene también nuevos criterios relativos a la formación en materia de prevención de riesgos laborales contenida en el IV Convenio General del Sector de la Construcción. Por una parte, aclara la convalidación de la formación recibida conforme a lo previsto en el Reglamento de los Servicios de Prevención (niveles superior, intermedio y básico) y a la Guía Técnica del RD 1627/1997 (coordinadores de seguridad y salud), y por otra, establece los criterios de convalidación de los módulos de los diferentes oficios previstos en el propio Convenio General, facilitando el acceso a dicha formación de los trabajadores polivalentes. 

* Puedes consultar las tablas de convalidación de la formación recibida conforme a lo previsto en el Reglamento de los Servicios de Prevención y a la Guía Técnica del RD 1627/1997.

* Y los criterios de convalidación de los módulos de los diferentes oficios previstos en el propio Convenio General.   

Fuente informativa: elaboración propia.

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