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Trabajo dicta los primeros criterios para la aplicación de la Ley reguladora de la subcontratación

Hasta que dentro de unos meses se publique el desarrollo reglamentario de la normativa
Noticia del sector

A la espera de su desarrollo reglamentario, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ha difundido un documento sobre cómo deben aplicarse los principios de la nueva Ley reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción, que entró en vigor el pasado jueves 19 de abril.

Las instrucciones recogen una serie de preguntas y respuestas prácticas acerca de algunos extremos de la Ley que, por el Ministerio que las elabora, tienen una gran importancia para las empresas, pues se busca facilitar al administrado la puesta en marcha de la norma aportando seguridad jurídica.

Además, y dado que no están constituidos los registros de empresas acreditadas, el Ministerio establece que la acreditación de los requisitos hasta su funcionamiento podría entenderse cumplido, por ejemplo, adjuntando al contrato de ejecución de obra una declaración relativa al requisito de disponer de una infraestructura y medios adecuados para llevar a cabo la actividad y ejercer directamente la dirección de los trabajos, así como documentación acreditativa de que la empresa cuenta con una organización preventiva y certificación de que su personal dispone de formación en materia de riesgos laborales. 

Por otro lado, en el documento difundido por el Ministerio también se establece que la obligación de cumplir con un porcentaje mínimo de trabajadores con contrato indefinido deberá hacerse efectiva desde la entrada en vigor del Reglamento conforme se determine en el mismo.

Consulta el documento completo del Ministerio.  

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